Los restaurantes de la capital de Argentina, Buenos Aires, deberán ofrecer por Ley opciones de pan y menús aptos para celíacos y estarán obligados a ofrecer un vaso de agua gratuito de 250 centímetros cúbicos (un cuarto de litro) por persona. Además, ya no podrán cobrar el "servicio de mesa", más conocido como "cubierto", a menores de 12 años.
El artículo tres de esta ley ordena "ofrecer como mínimo, la opción de un plato apto para celíacos, de consumo seguro, manipulado exclusivamente con utensilios que no tengan contacto con alimentos con TACC".
Estas y otras medidas han sido incorporadas por la Ley 4407, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La norma abarca a los locales gastronómicos porteños (los comprendidos en el Anexo II Titulo 2 Sección 4 Capitulo 4.4 AD 700.10 del Código de Habilitaciones y Verificaciones) y comenzará a regir en 90 días, cuando se reglamente.
Según el artículo uno de la ley, los restaurantes que cobren servicio de mesa deberán ofrecer en el mismo "un producto de panera apto para celíacos o libre de gluten, de acuerdo a la definición del Art. 2° de la Ley 3373"; además de sal modificada, libre de sodio, como opción a la sal tradicional; y Pan tradicional y/o dietético a elección del ciente.