Expertos, nutricionistas, doctores y organizaciones de celíacos insisten en que etiquetar como sin gluten un producto que no lo lleva no es sinónimo de que se trate de un produco más sano, al tiempo que suele tratarse de una práctica desleal para aparentar que es más saludable, cuando en realidad no es así.
El etiquetado es una fuente de información fundamental en los alimentosl del que normalmente se extraen datos variados que cualquier consumidor responsables debe conocer, por lo que cuanta más información incoopore, mejor informado estará el consumidor, aunque no siempre es así y, en ocasiones, determinadas etiquetas llegan a crear más confusión que claridad.
Se trata de algo que suele suceder con las etiquetas que anuncian productos “sin gluten” que, en nuemrosas ocasiones, sirven más como reclamo comercial que como una fuente de información para los consumidores, hasta el punto de que es habitual encontrarlas en productos que de forma natural no contienen esta proteína, tal y como han denunciado algunos especialistas.
En este sentido, la consultora de Seguridad Alimentaria Beatriz Robles, ha afirmado que desde el punto de vista del marketing, es una práctica desleal porque la marca pretende diferenciarse del resto con una característica que es común a todos los productos similares”, recordando que se trata de una práctica que genera confusión al consumidor, y "que puede dar a entender que si esos productos no están etiquetados como “sin gluten” es porque sí contienen esta proteína".
Para tratar de evitar situaciones de este tipo, existen diferentes normas europeas que regulan el etiquetado de productos sin gluten, como el Reglamento 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, en el que se dispone que “en un alimento que contiene ingredientes exentos de gluten de forma natural debe ser posible que se indique la ausencia de gluten de forma voluntaria”.
Sin embargo, para poder hacerlo, es imprescindible que se cumplan algunos requisitos relacionados con prácticas informativas leales en el etiquetado voluntario, tales como que “la información alimentaria no debe inducir a error al insinuar que el alimento posee características especiales, cuando, de hecho, todos los alimentos similares poseen esas mismas características”.
En relación con este asunto, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) señala que “en los alimentos exentos de gluten de forma natural podrá figurar sólo cuando no todos los alimentos similares posean esa misma característica, por ejemplo, embutidos o salsas, donde hay unos productos que contienen cereales con gluten entre sus ingredientes y otros que no", y recuerda que "sin embargo, otros alimentos como la leche, los yogures naturales, la miel, los zumos, etc., no pueden incluir estas menciones ya que dentro de estos grupos o categorías de alimentos ninguno contiene gluten”.
Así las cosas, la legislación permite diversos etiquetados en relación con el gluten, aunque parece obvio que la mención “sin gluten” debería llevarnos a pensar que está relacionada con productos que no contienen nada de gluten, lo cual no es así, ya que la contaminación cruzada durante la producción hace muy difícil asegurar ese 0 %, existiendo el riesgo de que exista “gluten escondido” en productos que, en principio, no deberían contenerlo. Por lo tanto, esta etiqueta solo la pueden utilizar los alimentos que no contengan más de 20 mg de gluten por kg de alimento.
Se trata de un límite no es arbitrario, y que se basa en un estudio del doctor italiano Catassi, que llegó a la conclusión de que este era el umbral de seguridad para personas afectadas por la enfermedad celíaca.
Por otro lado, existe un etiquetado específico para los alimentos con contenido “muy bajo en gluten”, que está dirigido a aquellos alimentos basados en trigo, centeno, cebada, avena, sus variedades híbridas o ingredientes hechos a partir de estos cereales, pero que se hayan elaborado específicamente para reducir el contenido de gluten de uno o varios ingredientes o que no contengan más de 100 mg de gluten por kg de alimento.
Para hacer más sencilla y accesible la información, existen marcas que garantizan que un producto puede ser consumido sin peligro por personas celíacas, y que apuestan por certificados expedidos por organismos como la Gluten-Free Certification Organization, que otorga un sello a aquellos alimentos que contienen menos de 10 mg por kg, o la Federación de Asociaciones de Celíacos de España (FACE), con su marca “Controlado por FACE”, que garantiza que los alimentos se encuentran por debajo de este umbral.